La Patria Potestad, entrando en materia

Escrito por Julio Sanoja

La Patria Potestad, es un termino muy usado en la rama de Derecho Civil especialmente en materia de Niños Niñas Y Adolescentes, siempre se plantea la interrogante de  quien se quedara con la patria potestad , si el padre o la madre en un proceso de divorcio.                                                                     

En el Mundo Romano, por allá en el Derecho Romano, la patria potestad no era como lo es el día de hoy en la actualidad, que es un poder protector mas bien todo lo contrario era el beneficio concedido al padre de familia  "pater familis" por los hijos sometidos a el, utilizando el termino someter en sentido amplio, ya que se reconocían sobre ellos los hijos derechos, de igual naturaleza  que la esclavitud, es decir podía venderlos o abandonarlos.



Ahora bien en la actualidad en Nuestra Legislacion Venezolana. la Patria Potestad es una Institución Familiar, consagrada en la  Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes. en su Articulo 347 el cual nos señala: "Se entiende por Patria Potestad el conjunto de deberes y derechos del padre y la madre en relación con los hijos e hijas que no hayan alcanzado la mayoridad, que tiene por objeto el cuidado, desarrollo y educación integral de los hijos e hijas". El conjunto de deberes y derechos que recaen sobre el  niño, niña o adolescente, el Articulo 348 de la misma ley nos señala el contenido: "La Patria Potestad comprende, la Responsabilidad de Crianza, la representación y administración de los bienes de los hijos e hijas sometidas a ella".

Para hacerlo breve en esta oportunidad. vale recalcar que patria potestad la ejercen entonces los padres en conjunto, pudiendo ser privado alguno de los padres de esta,  al igual que puede extinguirse, y restituirse.

Alguna duda o discrepancia que surjan en el ejercicio de la Patria Potestad es Competencia del Tribunal  de Protección de Niños Niñas y Adolescentes.